Ayudas para el fomento de la movilidad sostenible y accesible para todos en la Comunidad de Madrid.
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 31 de diciembre de 2026
INFORMACIÓN SOBRE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA MOVILIDAD SOSTENIBLE Y ACCESIBLE PARA TODOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID
La Comunidad de Madrid ha aprobado las nuevas normas reguladoras para el fomento de la movilidad sostenible y accesible para todos por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 6 de noviembre de 2024.
Las normas reguladoras han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) del 25 de noviembre de 2024.
¿Quiénes pueden ser beneficiarias de es
Personas físicas, mayores de e
Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de estas normas reguladoras en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el plazo máximo de tres meses desde la fecha en que se produjo la compra de la bicicleta o triciclo
¿Cuál es la cuantía de las ayuda?
Bicicletas de dos ruedas con pedaleo asistido y una potencia inferior o igual a 250 W: hasta el 50% del precio de adquisición antes de impuestos, con máximo de 600 €.
Ciclos de tres ruedas con pedaleo asistido y una potencia inferior o igual a 250 W: hasta el 30% del precio de adquisición antes de impuestos, con máximo de 1.500 €.
¿Qué requisitos debe cumplir la bicicleta o triciclo eléctrico?
-Ciclos de dos o tres ruedas de pedales con pedaleo asistido, equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear.
-Sistema de luces completo.
-Batería con capacidad igual o superior a 248 Wh (vatios/hora).
-Precio de factura inferior a 3.000 euros (IVA incluido) en el caso de bicicletas.
-Precio de factura inferior a 6.000 euros (IVA incluido) en el caso de ciclos de tres ruedas.
¿Qué requisitos debe cumplir el beneficiario?
-Ser mayor de edad.
-Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid.
-Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
-Cumplir los requisitos especificados en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-Solo podrán solicitar ayuda para la adquisición de un vehículo (ciclo de dos ruedas, ciclo de tres ruedas, bicicleta de mano ) a lo largo de todo el programa.
¿Cómo presentar tu ayuda?
Se deben cumplimentar en el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en el que se incluye la declaración responsable indicada en el artículo 9.
Presentar la solicitud junto con la documentación en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, así como cualquier otro registro electrónico de los previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de las personas físicas, además de en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, la solicitud podrá ser presentada de forma presencial en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Dichas personas podrán elegir, asimismo, el medio a través del cual desean ser notificados.
¿ Que documentación debo de aportar?
Copia de la factura completa a nombre del solicitante. En la factura deberá constar el número de factura, la fecha de compra, la marca, el modelo y el número de serie o de bastidor del vehículo adquirido, así como el precio con el importe del IVA desglosado.
Se deberá acreditar mediante la presentación de la declaración responsable que se incluye en el propio modelo normalizado de la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, firmada por la persona solicitante de la ayuda, por la que ésta manifiesta, bajo su responsabilidad, que el vehículo cumple con dichos requisitos técnicos.
¿Qué plazo de presentación tengo para presentar la ayuda?
La solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de estas normas reguladoras en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el plazo máximo de tres meses desde la fecha en que se produjo la compra del vehículo.
Enlace para tramitar la ayuda
A través del siguiente enlace puedes acceder a la plataforma de presentación de solicitudes
https://sede.comunidad.madrid/